| |
En todo caso, los sindicatos representativos, de conformidad con los artículos 6 y 7 de la Ley orgánica de libertad sindical; las asociaciones empresariales representativas en los términos del artículo 87 del Texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores y los órganos de representación legal o sindical podrán personarse como partes en el proceso, aun cuando no lo hayan promovido, siempre que su ámbito de actuación se corresponda o sea más que el del conflicto.
|