REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/1995, de 24 de marzo por el que
se aprueba el texto refundido del Estaturo de los Trabajadores
(BOE 29 de marzo)
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NORMATIVA APLICABLE
artículo 33
artículo 40
artículo 41
artículo 47
artículo 51
artículo 52
artículo 82
artículo 83
artículo 85
artículo 86
artículo 88
artículo 89
artículo 91
disp. adic.
DISPOSICIONES ADICIONALES >> Decimotercera. Solución no judicial de conflictos
 
En el supuesto de que, aun no habiéndose pactado en el convenio colectivo aplicable un procedimiento para resolver las discrepancias en los períodos de consultas, se hubieran establecido conforme el artículo 83 de esta Ley, órganos o procedimientos no judiciales de solución de conflictos en el ámbito territorial correspondiente, quienes sean parte en dichos períodos de consulta podrán someter de común acuerdo su controversia a dichos órganos.
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